Los funcionarios consulares han dicho expresamente que no es posible. En las redes circulan supuestas experiencias de tataranietos que han entregado expedientes.
Cuando se aprobó la Ley de Memoria Democrática (20/22) en el mes de octubre del pasado 2022 comenzaron a crearse en las redes sociales una infinidad de grupos para tratar temas de la nacionalidad española. Los usuarios de Telegram, Facebook y Whatsapp, tuvieron la oportunidad de unirse a esos espacios virtuales para mantenerse informados de las tramitaciones.
Es gracias a los grupos que se conocen los pormenores de cada trámite, ya que en las webs consulares la información no es tan específica ni tan detalla como debiera ser. Recordemos que en la tramitación de la Ley de Memoria Histórica (52/07) no existían las plataformas sociales. En ese tiempo era mucho más complejo optar a la nacionalidad española por las trabas en el acceso a la internet para obtener anexos, informaciones y citas.
Tataranietos buscan optar a toda costa
Por la dinámica social de los grupos en las redes sociales se tuvo confirmación también de la posibilidad que tenían los bisnietos de españoles para optar a la nacionalidad. Entre temores, imprecisiones y mucho escepticismo comenzaron a presentarse los primeros expedientes. La noticia de la primera bisnieta aprobada fue un suceso de certeza. Ahora los tataranietos quieren vivir esa misma experiencia.
Cientos de personas que tienen relación de parentesco con un tatarabuelo español, pretenden optar a la ciudadanía española. Muchos descendientes de bisabuelos nacidos en Cuba, en la etapa colonial, aseguran tener posibilidad por el derecho de sangre y de suelo, al ser Cuba un territorio de España. En las redes se comparten experiencias acerca de supuestos casos que han sido tomados en cuenta, sin embargo no hay una certeza para llegar a la convicción necesaria.
Confirmación consular
Una colaboradora de Heraldo Universal se acercó a dos funcionarios de la sede consular de España en La Habana y la respuesta fue tajante. Ambos afirmaron que no es posible que un tataranieto opte a la nacionalidad española. Solo pueden tramitar aquellos bisnietos cuyos expedientes prueben que sus abuelos (hijos e hijas del español bisabuelo) nacieron españoles de origen. Esto únicamente es posible si los padres no perdieron la nacionalidad antes de nacer ellos.
En los grupos se renvían mensajes acerca de experiencias de tataranietos que han alistado expedientes y se los han recibido en las oficinas de la Lonja del Comercio. Sin embargo también circulan otros mensajes asegurando que los documentos de quienes optan por sus tatarabuelos ni siquiera son aceptados en la cita.
Los funcionarios consulares contactados por el equipo de este periódico aseguraron que no se podía tramitar a los tataranietos. Por su parte, quienes están en esos casos aseguran de manera insistente que dichos funcionarios no son los que determinan la aprobación o denegatoria a un expediente.
Transmisión de la nacionalidad española por iu sanguinis
Está legalmente establecido que:
Para ser considerado originariamente español NO hace falta haber nacido en España. La legislación española establece la transmisión de la nacionalidad “ius sanguinis» (por la sangre) y, por tanto, se consideran originariamente españoles los nacidos de padre o madre españoles independientemente de que hayan nacido en España o en el exterior. En el caso de aquellos nacidos en el extranjero, serán considerados originariamente españoles solo si pueden demostrar que el padre o madre/abuela o abuelo (que emigraron) era español cuando nació el hijo/a, es decir, que no había perdido o renunciado a su nacionalidad por adquirir la nacionalidad del país al que emigró.
Esto pudiera traducirse en una transmisión ininterrumpida de la nacional desde el español nacido en la península ibérica hasta todos sus descendientes. Sobre este concepto del derecho de sangre es que los tataranietos y demás descendientes reclaman su derecho a optar a la nacionalidad española.